Invertir en Acciones

 

Diccionario de Inversiones:

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U

V W

DEALER

Agente que interviene en los mercados financieros y en otros tipos de mercado, comprando y vendiendo tanto por cuenta ajena (comisionista) como también por cuenta propia.

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DEBITO

Término contable que significa un aumento del activo o una disminución del pasivo. En la contabilidad de la balanza de pagos, un débito es una partida de importación (o equivalente).

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DECLARACION JURADA (AFFIDAVIT)

Voz latina que significa “ha comprometido su fe”. Una declaración jurada por escrito ante notario público, comisionado, cónsul u otro funcionario autorizado para tomar Juramentos. La declaración jurada debe contener el nombre y dirección del declarante (del deponente) y la firma del funcionario fedetario.

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DEFICIT

Exceso de pasivos sobre los activos; lo opuesto de capital o activo neto. En ocasiones, el término se utiliza incorrectamente como sinónimo de “pérdida” que significa el exceso de gastos sobre los ingresos durante un período de tiempo. El término déficit debe reservarse para indicar una situación en un momento determinado.

En general representa un exceso de demanda sobre la oferta. En la balanza de pagos, situación en que el valor de las importaciones es mayor que el de las exportaciones de bienes y servicios de un país.

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DEFICIT PRESUPUESTARIO

En el caso de un Estado, es la diferencia negativa entre los ingresos totales los gastos totales del Estado, o incluyéndose en los ingresos los préstamos pedidos. Esta diferencia, el déficit, se financia generalmente mediante préstamos.




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DEFLACION

Lo opuesto de inflación. Un período o fase del ciclo económico que se caracteriza por liquidaciones de emergencia, caída anormal en los precios de los valores y en los de los artículos corrientes de consumo representativos, contracción de los préstamos bancarios y disminución en las compensaciones bancarias, depósitos bancarios, volumen de dinero, producción y empleo. (Ver Ciclo Económico).

Descenso del nivel general de precios. Algunas veces también se utiliza para referirse a una reducción del PNB o a un aumento del desempleo.

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DEMANDA

Necesidad o deseo de un bien o servicio. Puesto que la necesidad varía de acuerdo con la persona, el precio y las circunstancias, la demanda se expresa generalmente como una cantidad numérica que permite conocer la cifra a vender de una determinada mercancía a un grupo de consumidores en un tiempo dado. Constituye la expresión de la capacidad de absorción de un mercado y puede ser normal, (cuando la demanda disminuye al aumentar el precio) o rígida, (cuando no varía de manera sensible a pesar de elevarse su precio). La "curva de demanda resultante" por lo general muestra una dirección descendente. Lo cual indica que la gente demandará más a precios más bajos que a precios más altos.

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DEMANDA AGREGADA

Gasto total planeado o deseado en la economía en un período dado. Es determinada por el nivel agregado de precios y por factores como la inversión, el gasto público y la oferta monetaria.

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DEMANDA DERIVADA

Demanda de un factor de la producción que procede o se deriva de la demanda del bien final al que contribuye. Ejemplo: la demanda de gasolina se deriva del transporte automotriz. Es la demanda de productos y servicios para su incorporación a procesos productivos.

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DEMANDA ELASTICA

En relación al precio, la demanda es elástica cuando el por ciento de variación de la cantidad demandada es superior al que se ha producido en el precio, (elasticidad >1).

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DEMANDA ESPECIFICA

Demanda selectiva a favor de una marca determinada. Puede generarse a costa de otras que compiten con ella, sin producir incrementos en la demanda genérica.

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DEMANDA GENERICA

Demanda global para una clase de producto.

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DEMANDA INELASTICA

En relación al precio, la demanda es inelástica cuando el por ciento de la cantidad demandada no alcanza la proporción en la que ha disminuido el precio.

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DEMANDA POTENCIAL

Aquella formada por todos los consumidores que tienen algún interés por un producto o servicio en particular, que es posible alcanzar con utilización intensiva de los instrumentos de Marketing por parte de todos los competidores.

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DEMANDA PRIMARIA

Demanda de productos y servicios para el consumo final.

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DEMANDA SOLVENTE

Aquella que alcanza a expresarse monetariamente en el mercado. Como regla es inferior a la demanda real.




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DEPARTAMENTO DE COBROS

El departamento de cobros de un banco tiene funciones que son más complicadas que las de los departamentos de compensaciones y de tránsito. Entre los efectos que manipula el departamento de cobros se encuentran: presentación para el pago de cupones, pagarés, giros o aceptaciones en los propios lugares en que se presentan; entrega de los documentos adjuntos a los giros, etc., al pago o aceptación; presentación de la “cartera de cobros” periódicos en el caso de contratos a plazos o pagarés asegurados con colateral que impliquen los mencionados pagos parciales; y la manipulación de cualesquiera efectos tales como: cheques, pagarés, giros y aceptaciones que no son cobrables a través de los departamentos de compensaciones o de tránsito.

Todo efecto a cobrar recibe un cuidado individual, ya que un tratamiento inadecuado pudiera originar implicaciones legales. Cada cobro recibe un número distinto, lo que facilita la identificación y referencia en la correspondencia o en las notificaciones. Los efectos se anotan cuidadosamente con una descripción completa. El trabajo del departamento de cobros en los grandes bancos, con frecuencia tiene varias subdivisiones en cuanto a la naturaleza de los efectos o en cuanto a si son cobros de fuera de la localidad, recibidos de otros bancos, cobros periódicos y otros.

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DEPARTAMENTO DE PRESTAMOS

Departamento de un banco, que bajo la dirección de los oficiales de préstamos, atiende los detalles de oficina relacionados con las operaciones de préstamos. Esto comprende la preparación de pagarés para firma, el examen de contratos de colateral o garantía, y el cuidado debido de los registros de préstamos. Por regla general, los préstamos se anotan en una tarjeta, y en el registro de préstamos, mayor de préstamos, libros de vencimientos y hoja de intereses. El departamento de préstamos tiene también a su cargo velar que los préstamos colaterales mantengan el margen adecuado, que los pagarés se presenten para su cobro en la fecha de vencimiento, que se efectúen periódicamente comparaciones del colateral, que los estados de cuenta por intereses se envíen sin demora y que se hagan sustituciones del colateral a solicitud de prestatarios que operen en la bolsa de valores.




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DEPOSITANTE (BAILOR)

Persona que hace un depósito o entrega a otra (el depositario) con fines específicos bajo un contrato de depósito. (Ver Depositario, Depósitos).




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DEPOSITARIO

Persona a quien se le ha entregado alguna propiedad personal con algún propósito determinado provisional, al término del cual los bienes entregados deberán devolverse al propietario.

El depositario tiene en su poder, temporalmente, las mercancías que se le han confiado, pero tiene sólo un interés limitado en su propiedad. Una empresa ferrocarrilera que recibe un embarque de mercancías para su transportación bajo un contrato de depósito, denominado conocimiento de embarque, es un depositario. Los almacenistas que aceptan propiedades para su almacenamiento son también depositarios, siendo el contrato de depósito el resguardo de almacén.

Las compañías de cajas de seguridad que reciben los valores de sus clientes para su guarda actúan como depositarios, y como tales tienen un derecho de retención sobre lo depositado en el caso de que el alquiler no sea pagado después de un tiempo especificado.

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DEPOSITO A LA VISTA

Dinero mantenido en cuentas de cheques de bancos comerciales que es parte de la oferta monetaria.




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DEPOSITOS

Saldos debidos a los depositantes de un banco; los fondos acreditados a las cuentas de los depositantes. Los depósitos pueden clasificarse de manera amplia en generales, específicos y especiales.

Los depósitos generales se componen de dinero o cheques y créditos bancarios. Siempre que los depósitos sean de esta naturaleza, la relación entre el banco y el depositante es la de deudor y acreedor. El banco se convierte en propietario del depósito. El depositante tiene un crédito contra el banco por el importe depositado. Todos los depósitos se mezclan y no resulta posible distinguirlos. El banco no está obligado en forma alguna a devolver al depositante el mismo depósito de efectivo toda vez que no es un DEPOSITARIO (véase), como sucede en el caso de los depósitos especiales. Si un banco quebrara, el depositante común se convierte en un acreedor común y tiene parte en los activos en liquidación disponibles proporcionalmente con los restantes acreedores comunes.

Los depósitos específicos son aquellos que se efectúan con un propósito definido y por los cuales el banco actúa en calidad de depositario, como por ejemplo, dinero dejado para cubrir un pagaré, o para adquirir valores.

Los depósitos especiales consisten en propiedades, excluido el dinero, por ejemplo, bonos, acciones, pagarés, pólizas de seguro de vida y otros documentos de valor, joyas, artículos de plata, vajillas, etc., que se entregan al banco, en custodia, y cuya propiedad es del depositante. En este caso la relación entre el banco y el depositante es la de depositario y depositante. Los depósitos especiales nunca pasan a ser activos del banco y en caso de quiebra no son aplicables a la liquidación de sus pasivos sino que deben ser devueltos intactos a los depositantes. Los depósitos especiales se reciben bajo un contrato de depósito, y muchos bancos que no cuentan con bóvedas, se hacen cargo de la custodia de los valores de sus depositantes, dándoles el mismo cuidado que dan a sus propios valores, pero sin asumir responsabilidad adicional. El servicio lo prestan mediante pago o gratuitamente.




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DEPOSITOS A LA VISTA

Los depósitos a la vista se definen como aquéllos pagaderos dentro de 30 días. Los depósitos a la vista son aquellos sujetos a extracción mediante cheques y que pueden ser retirados por el depositante, de inmediato, y sin notificación de su intención de extraerlos. (Ver Depósitos).




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DEPOSITOS A PLAZO O A TERMINO

Depósitos no sujetos a extracción mediante cheque, y sobre los cuales el banco puede requerir aviso con treinta días de anticipación de la intención de retirar los fondos.

De acuerdo con la definición de la Junta de Gobernadores del Sistema de la Reserva Federa (USA), la expresión “depósitos a término, cuentas abiertas” se entiende que “incluye todas las cuentas no evidenciadas por certificados de depósitos o libretas de ahorro, en relación con las cuales exista un contrato escrito con el depositante, en la fecha en que se efectúa el depósito, en cuanto a que ni el total, ni una parte de dicho depósito puede ser extraído por cheque o de otra forma, excepto en una fecha dada o previa notificación por escrito que debe realizar el depositante con un número determinado de días de antelación, en ningún caso menor de 30 días”. (Ver Depósitos).

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DEPOSITOS CONJUNTOS

En lenguaje bancario, el término “cuentas conjuntas” (de acuerdo con las leyes estadounidenses) se refiere indiscriminadamente a las cuentas corrientes o de ahorro abiertas a nombre de dos personas, bien como tenedores mancomunados o indistintos. No obstante, el contrato de depósito al igual que el título de la cuenta deben ser específicos, puesto que las incidencias legales son diferentes.

En el caso de cuentas mancomunadas, no existe el derecho de supervivencia, por lo que en caso de fallecimiento de uno de los co-depositantes el sobreviviente no tiene derecho sobre el total de saldo de la cuenta. En vez de esto, el sobreviviente comparte la cuenta por igual con los herederos del difunto. Mientras vivan ambos depositantes, los depósitos pueden ser efectuados indistintamente por cualquiera de ellos, pero las extracciones requieren la acción conjunta.

En las cuentas indistintas o solidarias, el sobreviviente de los co-depositantes tiene derecho sobre el total del saldo de la cuenta en caso de muerte de uno de los co-depositantes, por efecto del derecho de sobreviviente. Durante la vida de los co-depositantes cualquiera de ellos puede depositar o extraer libremente.




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DEPRECIACION

Término contable que denota la disminución en el valor de un activo debido a (1) deterioro físico o desgaste natural; (2) desuso y (3) repentina declinación en el precio del mercado o del valor comercial. El término también se refiere a un gasto operativo efectuado para la reposición final de un activo a la terminación de su vida útil, o para compensar la disminución de su valor si no ha de reponerse.

Generalmente, la reducción del valor de un activo. Tanto en la contabilidad de las empresas como en la nacional, la depreciación es la estimación en dólares del grado en que se ha "agotado" o gastado el equipo de capital en un período dado. La depreciación del capital tiene tres causas posibles: 1) Un bien capital se deteriora gradualmente con su uso: 2) el propio tiempo desgasta gradualmente un bien de capital, independientemente de que se utilice o no; 3) las mejoras en la técnica pueden reducir el valor de las existentes al quedar éstas obsoletas. Uso efectivo de recursos productivos durante el proceso de producción. Llamada también consumo de capital.




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DEPRESION

Período prolongado de debilitamiento en los negocios, en el cual la actividad se mantiene por debajo de lo normal; la fase en un ciclo económico que sigue a una crisis y a un período de liquidación de emergencia, y que se caracteriza por una reducción drástica de la producción, contracción del crédito bancario, inactividad comercial, caída o precios mínimos y esfuerzos por “buscar a tientas el motivo” del movimiento de los precios, desempleo general, alto porcentaje de quiebras en los negocios, inestabilidad general, etc. (Ver Ciclo Económico).

Fase del ciclo del capital social. Período más o menos prolongado durante el cual el desempleo alcanza cifras inusuales y las empresas están funcionando muy por debajo de su capacidad. Momento culminante de la crisis. Período de severa contracción económica, caracterizado por bajos niveles de consumo, inversión, ingreso y empleo.




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DERECHO DE RETENCION O PRENDARIO – GRAVAMEN

Derecho a retener cualquier propiedad dada como prenda o garantía hasta que sea pagada la deuda que se garantiza con ella. Para constituir una prenda o gravamen la deuda debe ser exigible en equidad o en derecho, por ejemplo, una hipoteca.

Los gravámenes son generales y específicos. Un gravamen general abarca toda la propiedad del deudor. Un gravamen específico abarca sólo la propiedad particular sujeta a la prenda o hipoteca, tal como se especifica en el documento que reconoce la deuda. Un gravamen de constructor es específico, porque afecta sólo a la propiedad a la cual el trabajador ha dedicado material y trabajo.

Un derecho de retención o gravamen precedente no constituye necesariamente un primer derecho de retención o gravamen, simplemente es aquel que precede a los otros. Uno inferior no es necesariamente un segundo derecho de retención o gravamen; puede ser cualquier otro distinto del primero.




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DERECHOS DE ADUANA

Impuesto cobrado por los funcionarios de Aduana de acuerdo con las leyes arancelarias sobre importaciones




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DERECHOS DE IMPORTACION
Ver Derechos de Aduana, Tarifa Arancel.

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DESAHORRO

Préstamos, ahorro negativo.

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DESARROLLO

Proceso dinámico de crecimiento balanceado y autosostenido de la economía, que asegura las transformaciones de la estructura económica y social, capaces de garantizar la satisfacción creciente y estable de las necesidades materiales y espirituales de la sociedad.

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DESCARGO - LIBERACION

En general, la renuncia o finiquito de cualquier derecho, reclamación o privilegio, ya sea expresa, implícitamente o por ministerio de la ley.




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DESCUENTO

Este término tiene seis significados:

1. Descuento por pago al contado (véase)

2. Descuento bancario. Interés pagado por anticipado, o más exactamente, interés pagado al comienzo de un préstamo, basado en la suma que deberá ser reembolsada a su vencimiento. La tasa de descuento que cobra un banco no es la misma que la tasa de interés que paga el prestatario. El interés retenido por el prestamista en la fecha en que se descuenta un pagaré a término, una aceptación, una letra de cambio y el producto que se entrega al prestatario, y no a su vencimiento. El interés que se toma en esta forma se denomina descuento, o descuento bancario. Por ejemplo: supongamos que un pagaré por $10,000 con vencimiento de seis meses se descuenta al 6 por ciento anual. El descuento sería .03 de $10,000.00, o sea, $300.00, siendo el producto la diferencia o sea, $9,700.00. Aún cuando éste es el método comercial y bancario para calcular el descuento, no resulta matemáticamente correcto, ya que el prestatario está pagando interés por anticipado por el uso de los fondos y, por consiguiente, está pagando interés sobre el interés. El verdadero descuento, que se explica más abajo, es el método exacto de calcular el interés pagado por anticipado. (Ver Interés, Tablas de Interés).

3. Descuento real. Este difiere del descuento bancario en que el interés se calcula sobre el producto o cantidad prestada y no entraña el pago de intereses sobre el interés. En principio, es lo mismo que se aplica para determinar el valor actual de una suma de dinero pagadera en una fecha futura. En el ejemplo utilizado para ilustrar el descuento bancario, el descuento real se halla primero computando el producto. Este se determina dividiendo los $10,000.00 entre 1.03 (1 representa el principal y .03 representa el interés sobre $1.00 durante seis meses, al 6 por ciento), lo cual viene a ser $9,700.87. el descuento real resulta la diferencia, o sea, $299.13. Esto nos demuestra que el descuento real es algo más favorable para el prestatario que el descuento bancario, el cual, a la inversa, es más favorable para el prestamista. (Ver Interés).

4. Descuento sobre valores. Expresión que se utiliza para indicar el importe o el por ciento al cual se vende un valor por debajo del valor par, siendo el opuesto de premio. Un bono por $1,000.00 valor a la par, que se venda a 900, resulta al 10 por ciento, ó $100.00 de descuento. Una ación de $25.00 valor nominal que se venda a 24, resulta al 4 por ciento, ó $1.00 de descuento.

5. El papel moneda está bajo la par cuando no circula a la par con la moneda patrón u otra moneda metálica.

Cuando se requiere más de un dólar en papel moneda para comprar un dólar de la moneda patrón, el papel moneda está bajo la par. (Ver Moneda Depreciada).

6. Pérdida de conversión. (Ver Cambio Extranjero, Interés).




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DESCUENTO COMERCIAL DEL GIRO O RAMO

Rebaja del precio de lista publicado que se concede al comercio, a diferencia del descuento por pago al contado. El propósito del descuento comercial es permitir a los fabricantes y comerciantes que negocian en mercaderías con frecuentes y grandes fluctuaciones de precios ajustar los precios fijos publicados a las cotizaciones corrientes del mercado; por consiguiente, los descuentos comerciales ofrecidos dependen de las condiciones corrientes del mercado.




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DESCUENTO POR PAGO AL CONTADO

Disminución en el precio que ofrece un negocio que vende mercancías al crédito con el fin de estimular el pago puntual. Los descuentos pro pago al contado varían en los distintos giros y de acuerdo con las condiciones de crédito que se ofrezcan. No obstante, casi sin excepción, se ofrecen descuentos por pagos al contado cuando éstos se efectúan con antelación a la fecha señalada en los términos del crédito. En la mayoría de los negocios los términos de crédito normales son a 30 días, y se supone que las cuentas se paguen dentro de dicho plazo, pero se concede un descuento de un 2 por ciento si el pago se efectúa dentro de los diez días. En algunos negocios se puede obtener un descuento mayor aún por el pago al contado. El descuento por pago al contado con antelación a lo estipulado en los términos del crédito con frecuencia varía entre un 12 y un 18 por ciento anual. En algunos negocios el margen de utilidad neta puede que sea tan reducido que las utilidades dependan del aprovechamiento de todos los descuentos por pronto pago ofrecidos.

El hombre de negocios conocedor se aprovecha de los descuentos por pagos al contado, y una de las funciones de los bancos comerciales es proporcionar capital de explotación con esta finalidad. El negocio cuyos estados financieros no muestren que se sigue la práctica de descontar efectos regularmente, en ocasiones tiene dificultades en obtener préstamos porque evidencia que no conoce todas las facilidades comerciales que tiene a su disposición y, por consiguiente, no constituye un buen riesgo.

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DESCUENTO POR PRONTO PAGO

Consiste en la disminución del precio acordado debido a que se paga la factura antes del plazo fijado, el porcentaje del descuento varía atendiendo a las características del contrato.




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DESEMBOLSO

En términos generales, un pago en efectivo o gasto. Se refiere, especialmente, a la salida de efectivo que presenta un gasto, más bien que un desembolso para la compra de activos.

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DESEMPLEO

Existencia de capacidad productiva laboral ociosa en una economía.

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DESEMPLEO (TASA NATURAL DE)

Llamada también "tasa de desempleo umbral", es el equivalente, en la terminología marxista, del "ejército industrial de reserva". Es la población en edad laboral activa que, en las condiciones medias de la economía de un país, no encuentra empleo. En el caso de los Estados Unidos, se sitúa la "tasa natural" en el 6 % de la población potencialmente activa laboralmente. Este indicador es muy manipulado para ofrecer mejores indicadores de la ocupación: no se incluyen, en algunas informaciones, las personas que no acuden a las oficinas estatales en busca de empleo, ni a la población femenina desempleada ni a los jóvenes menores de la edad legal para ejercer sus derechos civiles, aunque estén aptos y necesitados de trabajo. Sólo incluye la población laboralmente activa que causa baja y busca empleo sistemáticamente.




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DESHONRAR

Falta o negativa de pago de un librador de un pagaré, o aceptante de una letra de cambio, al vencimiento del documento; también la negativa de un banco girado a pagar los cheques de sus clientes. Esto se denomina deshonrar por falta de pago. La falta o negativa de aceptación de una letra de cambio a término constituye una deshonra por falta de aceptación.

Un instrumento es deshonrado por falta de pago: (1) cuando ha sido presentado debidamente y el pago ha sido rehusado o no puede ser obtenido; o (2) cuando se exime de la presentación y el documento está vencido y no pagado.

Una letra es deshonrada por falta de aceptación: (1) cuando ha sido presentada debidamente y la aceptación ha sido rehusada o no puede ser obtenida, o (2) cuando se exime de su presentación y la letra no es aceptada. Cuando un documento negociable ha sido deshonrado, puede ser protestado por no aceptación o falta de pago, según sea el caso.

Es necesario que se notifique el deshonor excepto que haya sido renunciado o excusado para establecer reclamación contra el girador y los endosantes. Cualquier girador o endosante que no haya sido notificado, queda liberado.

Un banco deshonrará el pago de un cheque bajo las siguientes condiciones: (1) cuando el girador haya emitido una orden de suspensión de pagos; (2) cuando exista alguna irregularidad o informalidad, por ejemplo, falta de fondos, que esté posfechado, etc. (Ver Irregularidades); (3) al recibo de una orden de embargo; (4) al tener noticias de la muerte del girador; y (5) al tener noticias de la quiebra del girador, en cuyo caso los fondos se mantendrán en fideicomiso o pendiente de orden del tribunal. La negativa de un banco a certificar un cheque no se considera un acto de rechazo.

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DESINFLACION

Actividad encaminada a disminuir una elevada tasa de inflación.




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DESPUES DE FECHA

Expresión utilizada en los pagarés, giros y letras de cambio. “A noventa días fecha páguese a la orden de __________”. La fecha a que se refiere es aquella en la que el documento ha sido girado.




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DESPUES DE VISTA

Después de su aceptación, es decir, un giro a 30 días vista es pagadero 30 días después de su presentación y aceptación. Este término no debe confundirse con el término “A la vista”.

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DEUDA A CORTO PLAZO

Cuenta del pasivo de una empresa en la que se contabiliza la deuda bancaria cuyo vencimiento es menor de un año.

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DEUDA A MEDIANO Y LARGO PLAZO

Aquella deuda bancaria cuyo pago no se realizará a lo largo del año en curso, sino que el calendario de vencimiento abarca, por lo general, varios años. Las deudas a largo plazo gozan por lo general de un período de gracia.

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DEUDA EXTERNA

Es el procedimiento para obtener recursos, por parte del Estado, otros poderes públicos o grandes empresas de ámbito nacional en los mercados de capitales fuera del propio país.

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DEUDA PUBLICA

Deuda que tiene el gobierno de un país y que puede ser interna, cuando los acreedores son nacionales, (total de obligaciones del estado en forma de bonos y préstamos a corto plazo que el Estado debe pagar al público o entidad en una fecha futura y a un interés determinado), o externa cuando los acreedores son extranjeros. Total de la deuda del Estado en concepto de préstamos no amortizados y los intereses sobre ellos no pagados. El crecimiento de la deuda pública provoca la devalorización del papel moneda y el aumento de la inflación.

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DEVALUACION

Disminución del precio oficial de la moneda de una nación, expresada en las monedas de otras naciones o en oro. Lo contrario de la devaluación es la revaluación, que se produce cuando una nación eleva su tipo de cambio oficial en relación con el otro u otras monedas. En un régimen de tipos de cambio fluctuante, se dice que las monedas se deprecian cuando disminuye su precio en relación con otras monedas o el oro y que se aprecian cuando éste aumenta.




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DIAS DE GRACIA

Privilegio de diferir por un número de días el pago de un giro, aceptación, pagaré u otro documento a término, después del vencimiento indicado.

Cuando el documento no es pagadero a la vista, la presentación para su pago debe efectuarse en la fecha en que vence. Cuando es pagadero a la vista, la presentación debe efectuarse dentro de un plazo razonable a partir de su emisión, con excepción de las letras de cambio en que la presentación para su pago podrá efectuarse dentro de un tiempo razonable después de la última negociación de éstas.




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DINERO

Medio de cambio; un documento, señal, o recurso, ya sea de metal o de papel, mediante el cual se efectúa el pago por el traspaso de valores de una persona a otra. “El dinero es lo que pasa libremente de mano a mano dentro de una comunidad, y que se recibe en pago total por los productos y los servicios, sin referencia al carácter de la persona que lo entrega”. “Aquellos documentos de aceptación general que pasan libremente de mano a mano como medios de cambio” (Ely, R.T.: Outlines of Economic Ésbozos de Economía’). “El dinero es esa cosa valiosa o mercancía económica que tiene una aceptación universal como medio de cambio o medio de pago, en cualquier país o comunidad”. (Johnson, J.F.: Money and Currency ‘Dinero y Moneda de Curso Legal’. “Ese producto de valor intrínseco aceptable en los intercambios que por ley o uso se ha convertido en la oferta de pago universal de deudas” (Conant, C.A. : The principles of money and banking – ‘Principios del dinero y de la banca’).

A continuación se exponen algunas definiciones adicionales:

“El valor del dinero, en general, es la cantidad de todo el dinero en el mundo en proporción al comercio total. El dinero, aún cuando una misma cantidad de él se desplace de un extremo a otro del ámbito del comercio, constituye en realidad una medida fija del valor ascendente o descendente de unas cosas con respecto a otras, y la alteración en los precios ocurre en realidad sólo en éstas. Pero si la cantidad de dinero que corrientemente circula en cualquier lugar aumenta o disminuye, entonces la alteración del valor se produce en el dinero”. (John Locke).

“El valor del dinero en cualquier país se determina por la cantidad existente. Presumo como un hecho incontrovertible, que el precio de los productos subirá o bajará en relación con el aumento o la disminución de dinero. La demanda de dinero está regulada enteramente por su valor, y su valor por su cantidad”(David Ricardo).

“Por eso, y además, en cualquier grado en que la cantidad de dinero aumente o disminuya, permaneciendo iguales las demás cosas, en esa misma proporción el valor del todo y de cada parte, aumenta o disminuye recíprocamente” (James Mills).

“El valor del dinero está en relación inversa a su cantidad, permaneciendo igual el suministro de productos”. (Sir J. Graham).

“El valor del dinero – con las demás cosas iguales – varía inversamente según su cantidad, disminuyendo el valor con cada aumento de cantidad y aumentándolo con cada disminución en una relación exactamente equivalente. Que un aumento en la cantidad de dinero eleva los precios, y que una disminución los reduce, es la cosa más elemental en la teoría del dinero, y sin ello no tendría fundamento alguno para ninguna otra”. (John Stuart Mill).

Científicamente, el dinero real es un producto o la representación de un producto que el hombre acepta universalmente sin objeción a cambio de otros productos y servicios. Por consiguiente, debe distinguirse de las promesas de pago y de otros tipos de documentos de crédito, por ejemplo, pagarés, cheques, giros, giros postales, etc. En sentido popular, se utiliza para indicar cualquier tipo de fondos, moneda de oro o plata, certificados de oro o plata, pagarés de Tesorería o billetes de banco. Usualmente, también se utiliza como el equivalente de bienes o riqueza. En el sentido bancario, significa crédito, capacidad de préstamo o capital disponible para invertir. Se dice que los bancos prestan dinero cuando en realidad dan crédito. En el sentido legal, el dinero es lo que ha sido declarado como moneda de curso legal. Generalmente, la ley lo define como el medio elegible para servir de reservas bancarias.

La historia del dinero ha sido una de las grandes controversias incluso entre los economistas y científicos monetarios. Se ha escrito más acerca de este tópico que sobre cualquier otra

Rama de la economía. Su historia describe la evolución desde el trueque, productos aceptables a cambio, metales preciosos acuñados por gobiernos, distintos tipos de papel moneda, crédito, depósitos bancarios, efectos descontables a corto plazo del gobierno, etc. En realidad, en los últimos años, el dinero ha llegado a ser considerado como sinónimo de cualquier valor fácilmente vendible y que puede convertirse rápidamente en poder adquisitivo. El concepto de moneda controlada, sin un vínculo con el oro, es de origen relativamente reciente, y ha conducido al más amplio desarrollo en las suspensiones de oro, pérdida en el cambio y devaluaciones de monedas.

Las distintas formas de dinero que utilizan las principales naciones comerciales del mundo pueden clasificarse como sigue:

Papel Moneda

Billetes o promesas de pago del estado.

1. Garantizados con reservas de oro, total o parcialmente (encaje metálico).

2. Garantizados con bonos de tesorería (reserva documentaria).

3. No garantizados (moneda fiduciaria).

Billetes o promesas de pago del banco.

1. Garantizados con reservas de oro.

2. Garantizados con bonos de tesorería.

3. Garantizados con efectos comerciales.

4. Garantizados con activos generales.

5. Garantizados por cualquier combinación de lo antedicho.

Dinero Metálico

Moneda de oro (prohibida o restringida en la circulación nacional en la mayoría de los países desde hae años).

Moneda de plata de curso legal total.

Moneda de plata fraccionarias de curso legal limitado.

Monedas secundarias.

El dinero realiza cinco funciones principales: (1) medio de cambio; (2) denominador común o patrón monetario; (3) patrón de pagos diferidos; (4) depósito de valor o unidad de poder adquisitivo; y (5) como reserva bancaria. Las cualidades que debe poseer el dinero para servir como un buen medio de cambio son: transportabilidad (un valor elevado en un volumen pequeño), durabilidad (indestructibilidad), uniformidad (homogeneidad), divisibilidad y ser fácil de reconocer. El oro combina estas cualidades mejor que cualquier otro metal y ha llegado a poseer fuerza legal ilimitada y aceptabilidad en todo el mundo civilizado. Como patrón monetario, el dinero debe poseer valor intrínseco y un alto grado de estabilidad de valor. El otro también responde a estos requerimientos. Como patrón de pagos diferidos y unidad de poder adquisitivo, debe seleccionarse un dinero que posea no sólo estabilidad de valor sino durabilidad, cualidades que también posee el oro.

El valor real del dinero depende de su poder adquisitivo, es decir, la cantidad de productos o de servicios que pueda comprar. Expresado en otras palabras, el valor del dinero depende del nivel general de precios y varía en razón inversa. Cuando los precios suben, el valor del dinero baja, y viceversa.




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DINERO A PLAZO

Dinero prestado por un período definido y pagadero en una fecha futura especificada, a diferencia del dinero prestado a la demanda o a la vista.




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DINERO OCIOSO

Fondos que no se están utilizando; dinero en espera de ser invertido; capital disponible.




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DINERO PRESTADO A LA DEMANDA

Dícese del dinero prestado por los bancos que puede ser exigido, es decir, que puede requerirse su pago en cualquier momento. El dinero prestado a la demanda se conoce también como dinero diario y dinero a la vista. (Ver Préstamo Diario o Pagadero a la Demanda, Mercado Monetario a la Demanda).

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DIRECCION DEL ENTORNO

Conjunto de actividades desarrolladas para anticipar los cambios del entorno y medir sus consecuencias, con el fin de poder llevar a cabo acciones correctoras.




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DISTRIBUCION DEL RIESGO

Principio bien conocido que rige para las inversiones expresado en el adagio popular, “No ponga todos los huevos en una canasta”. El principio generalmente aplicado por los inversionistas y especuladores conservadores, observado por los bancos según la legislación bancaria, implica la diversificación de los fondos de inversiones en vez de concentrarlos en un solo tipo de inversión.

Una aplicación práctica del uso de este principio se manifiesta en el caso de los préstamos o inversiones de un banco. A los bancos no se les permite prestar más de un 10 por ciento de su capital y superávit juntos a un solo prestatario (con algunas excepciones). Además, una buena administración requiere que los préstamos bancarios se extiendan no sólo a un número considerable de negocios y de individuos, sino también a prestatarios que representen una amplia diversidad de negocios.

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DISTRIBUCION FUNCIONAL DEL INGRESO

Forma en que se distribuye el ingreso nacional entre los agentes productivos de la economía (salarios, utilidades, renta, intereses).

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DIVISAS

Moneda libremente convertible u otros instrumentos financieros que permiten a un país pagar lo que debe a sus acreedores.

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DIVISION DEL TRABAJO

Realización de tareas productivas de un mismo proceso por diferentes individuos. Conduce a la especialización del trabajo.

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DOBLE CONTABILIDAD

Error que puede cometerse en el cómputo del PNB y que consiste en considerar más de una vez una misma partida. Se evita considerando sólo el valor de los bienes finales o el valor agregado.




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DOCUMENTOS CONTRA ACEPTACION

Término que se refiere a las letras de cambio nacionales o extranjeras giradas “D/A”, que constituye un aviso de que los documentos justificativos no serán entregados al girado hasta que la letra haya sido aceptada. Estos efectos se conocen con el nombre de letras documentarias contra aceptación.




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DOCUMENTOS CONTRA PAGO

Términos que se refieren a las letras de cambio nacionales giradas “D/P”, que constituye un aviso de que los documentos justificativos no serán entregados al girado hasta que la letra haya sido pagada. Estos efectos se conocen como letras documentarias contra pago.




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DOCUMENTOS DE EMBARQUE

Término general que se da a los documentos que pueden acompañar a una letra de cambio doméstica o extranjera. Una letra de cambio respaldada por documentos de embarque se conoce como una letra documentaria. En las operaciones internas, el mínimo de documentos de embarque consiste en el conocimiento de embarque y la factura del vendedor. En las letras de cambio extranjeras el mínimo de documentos consiste en el conocimiento de embarque marítimo, certificado de seguro marítimo y factura del vendedor.

Otros documentos que pueden acompañar a una letra de cambio extranjera y que varían de acuerdo con el convenio entre el comprador y el vendedor, las leyes de las naciones interesadas, etc., son los siguientes:

Factura consular

Certificado de análisis

Certificado de inspección y peso

Certificado de origen

Recibo de almacén

Recibo de muelle

Certificado de seguro de guerra




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DOCUMENTOS FALSIFICADOS

Cheques, giros, letras de cambio, pagarés, bonos, certificados de acciones y papel moneda con firmas falsas o denominaciones falsas, o instrumentos falsos con firmas legítimas. Las pérdidas debidas a certificados de acciones y bonos falsificados han sido considerables en el pasado, y una de las funciones de la Bolsa de Valores es evitar que esto ocurra. La Bolsa de Valores garantiza la legitimidad cierta de todos los valores inscritos con que negocian sus miembros.

Un banco es responsable del pago de un cheque con una firma falsificada. El banco está obligado a conocer las firmas de sus depositantes; por consiguiente, todos los cheques que pasan por el banco son examinados, en cuanto a su firma, por el cajero pagador o por el responsable de firmas antes de que sean pagados. Sin embargo, el banco no es responsable ante el depositante por el pago de un cheque falsificado o alterado a menos que el depositante notifique al banco que el cheque estaba falsificado o alterado dentro de un año después de devuelto el comprobante de dicho pago.

Como quiera que el pago de un cheque falsificado es uno de los riesgos principales que afronta un banco, los bancos deben advertir a sus depositantes con el fin de que protejan sus cheques en blanco como un medio de combatir este riesgo. Los depositantes deben mantener sus libretas de cheques en blanco bajo control y poder dar cuenta de cada una de las series. Los cheques no deben ser firmados en blanco, ni deben regalarse cheques en blanco a personas desconocidas.




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DOCUMENTOS NEGOCIABLES

Término general que incluye todas las formas de Instrumentos Negociables y otros documentos que son negociables mediante entrega, por ejemplo, cheques al portador, giros o pagarés, bonos al portador, cupones; o por entrega y endoso, por ejemplo, cheques a la orden, giros o pagarés, conocimientos de embarque a la orden. Técnicamente, un instrumento negociable es aquél que requiere el pago de dinero. Un instrumento que contenga una orden o una promesa de efectuar cualquier acto que no sea el pago de dinero, no es un instrumento negociable en el sentido de la Ley de Instrumentos Negociables (USA). Los conocimientos de embarque y los resguardos de almacén requieren la entrega de mercancías, y aún cuando no pueden considerarse instrumentos negociables, pueden negociarse, sin embargo, si se confeccionan como documentos a la orden. El término documento negociable se emplea para designar a todos los instrumentos que puedan ser negociados, ya sean o no instrumentos negociables.




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DUMPING

En sentido comercial este término se utiliza en relación con el comercio internacional. Cuando una nación inunda el mercado de otra con grandes cantidades de determinada mercancía o mercancías a precios más bajos que los que pudieran adquirirse en el país productor, o en otros países extranjeros, se dice que la nación extranjera está haciendo un “dumping” con sus productos en el mercado de otro país.

Venta de mercancías en los mercados exteriores a precios bajos en extremo que a menudo son inferiores a los costos de producción. Junto con altos derechos arancelarios, el dumping es una de las medidas del sistema del proteccionismo imperialista, encaminadas a la conquista de mercados exteriores, la obtención de medios monetarios que escasean y el mantenimiento de altos precios de monopolio en el mercado interior. Esta última circunstancia conduce al empeoramiento de la situación material de las masas trabajadoras. Venta por debajo del costo en segundo mercado (por ejemplo, el mercado exterior), con la finalidad de controlar el mercado, eliminar competidores o dar salida a excedentes de producción.

 

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Razones para abrir una cuenta bancaria offshore y realizar operaciones en el exterior:
A) Actividades empresariales internacionales y diversificación de las inversiones. En muchas ocasiones es mucho mas rentable hacer las inversiones en el país que no residimos ya que en el país donde residimos pagamos altos impuestos.
B) Ahorro de impuestos, en muchas ocasiones lo mejor es invertir con nuestra empresa desde el exterior ya que de hacerlo nosotros mismos con nuestra empresa en el país de residencia pagaríamos altos impuestos.
C) Protección de bienes y búsqueda de seguridad y privacidad. En ocasiones la vida te puede jugar una mala pasada: divorcios, pleitos, responsabilidad civil, amenaza de cárcel... Si lo tenemos todo previsto mediante fundaciones y empresas offshore podríamos minimizar estos problemas cotidianos. Para más información visite:www.bancaoffshore.com